Católicos Ofendidos

Muchos se han sumado a las condenas contra los soldados israelíes que han profanado imágenes sagradas de Nuestro Señor o de la Santísima Virgen. Lamentablemente, todas las condenas de las que he tomado conocimiento se respaldan sobre la ofensa contra los católicos. Resulta sano asumir, en primer lugar, que quienes publican estas condenas se están refiriendo exclusivamente a los miembros de la Iglesia Militante, no de la Purgante ni de la Triunfante: mi reacción tiene que ver con esta limitación. Considero lamentable este respaldo de las condenas porque el sujeto directo de la ofensa no han sido los fieles, sino Dios mismo. Si bien es pecado ofender tanto a una persona cuanto al Señor, hay una diferencia de grado que está expresada en la propia ley divina: la ofensa personal está prohibida en el quinto mandamiento, mientras que la ofensa a Dios está prohibida en el primero. Estos mandamientos son jerárquicos, de manera que romper el primero resulta más grave que romper el segundo (o el quinto). Me preocupa y me perturba, por lo tanto, que haya tanto afán de defender a los fieles y tan poca preocupación de defender a Nuestro Señor.

El quinto mandamiento nos prohíbe matar y tanto Nuestro Señor cuanto Su Santa Iglesia enseñan que incluso la ofensa contra otro constituye una transgresión de él. Ahora bien, como se trata de ley divina, su transgresión no solamente arrastra el daño contra el afectado, sino que también contra Dios: por esto se incurre en pecado mortal al cometerla. Como es pecado mortal, el transgresor ha muerto espiritualmente al cometer este pecado y necesita el sacramento de la absolución para recuperar la vida. No basta, por ende, con disculparse y reparar al prójimo dañado, sino que hace falta acudir asimismo al Tribunal de la Misericordia para deshacerse de este pecado (cuando llega a ser efectivamente mortal en términos espirituales). Note Vd. que se observan grados en la comisión del pecado. La más leve, en este caso, podría ser el juzgar injustamente al prójimo en nuestro corazón: este puede ser un pecado venial, de hecho. La forma más grave sería aniquilar premeditadamente a todo el género humano.

Como la ley divina es jerárquica y la transgresión contra el primer mandamiento resulta más grave que la transgresión contra el quinto, resulta lógico concluir que la ofensa contra Dios es más grave que la aniquilación de todo el género humano. Sin acudir a esta comparación juridicista, la sola comparación de los sujetos afectados arroja la misma conclusión: Nuestro Señor es el ser infinitamente perfecto, mientras que el género humano es un conjunto finito de criaturas, aun cuando se trata de la criatura más importante de la creación. Tanto la transgresión contra el quinto mandamiento cuanto contra el primero ofenden al Señor, por supuesto, pero la ofensa directa resulta naturalmente más grave.

Creo que se está volviendo claro lo que quiero exponer: no se les está dando la magnitud debida a las profanaciones cometidas por los soldados israelíes. No se trata solamente de ofensas contra los fieles católicos, sino de ofensas directas contra Dios. Y tampoco son casos aislados: aquí hay un fenómeno estructural de odio contra Nuestro Señor y de desprecio hacia Sus fieles. La respuesta católica consiste en ofrecer reparaciones al Señor con los medios sobrenaturales que Él ha dispuesto a través de Su Iglesia, por un lado, y propugnar el orden natural apropiado para evitar estas profanaciones, por el otro. La condena pública encaja en esta última categoría. Pero hay que hacerla bien, no a medias. Si condenamos lo menos, ¿cómo no vamos a condenar lo más?

Ave María Purísima


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