
En un hecho que hasta ahora había pasado desapercibido, con fecha 13 de diciembre de 2024, el Ministerio de Justicia, a través de la Subsecretaría de Justicia, objetó el registro de la entidad denominada “Iglesia Templo de Satán: Satanistas y Luciferinos de Chile”.
Recordemos que esta agrupación causó cierto revuelo mediático al informar de su existencia y de su intención de constituirse como una entidad religiosa de derecho público, con todas las prerrogativas legales que ello implica conforme a la Ley 19.638.
A través de la Resolución Exenta N° 3636 de 2014, la Subsecretaría de Justicia fundamentó latamente su decisión. Algunos de los aspectos destacados son los siguientes:
- Se analizaron los textos bases de la “fe satánica” que ellos profesan, tales como la Biblia de Satán de Anton Lavey, y se apreció que se destaca la venganza como método de ajuste de cuentas, lo cual es contrario a nuestro ordenamiento jurídico.
- Se verificó que los sacrificios humanos están contemplados dentro de su anti-religión.
- Se destaca también que la utilización de magia sexual, puede propender o propiciar delitos de ese tipo.
- Que sus estatutos demuestran que se trata más bien de una “filosofía o visión de vida” y no de una Religión amparada por la Ley 19.638 y su reglamento.
Sobre dicha base, se concluye, que sus creencias son contrarias al Orden Público Nacional y a los fines de la Ley N° 19.638 que establece normas sobre la constitución jurídica de las iglesias y organizaciones religiosas, por lo que se rechaza su constitución como entidad religiosa.
Sin perjuicio de ello, los “satánicos chilensis”, disponen de un procedimiento para impugnar dicha decisión ante los tribunales de justicia. Sin embargo, los fundamentos de la Resolución son tan contundentes que se vislumbra un oscuro futuro para el satanismo en Chile. Igual que para su amo el diablo.